dic 29 2015 SE RECONOCE LA SUSPENSIÓN DEL MÍNIMO VITAL EN FAVOR DE LOS HIJOS EN CASO DE QUE EL PADRE CAREZCA DE INGRESOS ECONÓMICOS. BLOG GUIJARROCONSULTORES - DESPACHO ABOGADOS EN GRANADA - ADMINISTRADORES DE FINCAS EN GRANADA - ASESOR FISCAL Y LABORAL EN GRANADA - Guijarro Consultores La Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 2 de marzo de 2015 desestima el recurso de casación presentado por la madre del menor al reiterar lo contenido en la sentencia de 12 de febrero de 2015 que establece “De inicio se ha de partir de la obligación legal que pesa sobre los progenitores, que está basada en un principio de solidaridad familiar y que tiene un fundamento constitucional en el artículo 39.1 y 3 CE , y que es de la de mayor contenido ético del ordenamiento jurídico ( SSTS de 5 de octubre de 1993 y 8 de noviembre de 2013 ). ..Visualizar..