¿Se puede prohibir el uso de la piscina comunitaria a un propietario moroso?

Las comunidades de vecinos podrán privar temporalmente a los propietarios morosos del uso de las instalaciones comunes que no se consideren indispensables, tales como las piscinas, gimnasios o jardines. La Ley de rehabilitación de viviendas y edificios aprobada por el Gobierno el mes de junio del 2022 trae novedades importantes para aquellos propietarios que tengan deudas con la comunidad de vecinos.

“La junta de propietarios podrá acordar medidas disuasorias frente a la morosidad por el tiempo en que se permanezca en dicha situación, tales como el establecimiento de intereses superiores al interés legal o la privación temporal del uso de servicios o instalaciones”, expone el artículo 21.

Ahora bien, desde Guijarro Consultores Abogados, como administradores de fincas y bajo nuestra experiencia, nos parece que en la práctica es complicado hacer cumplir un acuerdo así. Dado que se trata de una cuestión civil, ustedes no van a poder impedir policialmente el acceso a la piscina del moroso, y por supuesto ni la comunidad ni sus empleados pueden emplear procedimientos coercitivos para que no pasen. Es mucho más práctico, si se quiere atacar al moroso, la imposición de un interés moratorio.

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